El pasado 7 de enero de 2019 se publicó de manera anticipada la Sexta Resolución De Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal y su anexo 1-A Para 2018, en donde se muestra el aviso a presentar para poder aplicar el Estímulo de IVA por las operaciones realizadas en la Región Fronteriza Norte.
Una vez de aplicar ante el SAT poder facturar el IVA al 8%, hay que esperar se habilite, el tiempo es de 72 horas, de igual forma si quiere verificar directamente en el portal del SAT si ya está habilitado su RFC, para esto deberá seguir las siguientes instrucciones:
1) Entrar a: https://agsc.siat.sat.gob.mx/app/seg/SessionBroker?url=/PTSC/MiInformacion/autc/idc.jsf¶metro=c&idSessionBit=0
2) Acceder con su RFC o con la FIEL
3) Una vez ingresado, le aparecerá esta sección y deberá dar clic en “Información Complementaría”
4) En esta sección podrá confirmar si está o no habilitado su RFC
En este caso NO está habilitado para facturar con el IVA al 8%
Este es un ejemplo en donde SÍ está habilitado para facturar con el IVA al 8%